Reglamento de uso: mi derecho termina donde inicia el tuyo

Reglamento de uso: mi derecho termina donde inicia el tuyo

Reglamento de uso en la PH: mi derecho termina donde inicia el tuyo

La Propiedad Horizontal tiene una afectación sobre el dominio, y es en el Reglamento de Propiedad Horizontal en la que establece los derechos, obligaciones y la organización administrativa, este tiene unas reglas o normas muy específicas para todos los edificios, y especifica todo lo referente a la Propiedad Horizontal.

Estas reglas son las que van a regir la convivencia de una comunidad en la copropiedad de un edificio de apartamentos residenciales. Allí se establecen las sanciones del uso de las instalaciones, algunos ejemplos clásicos son: el fastidioso golpe en la pared a las 6am un día domingo, el escandaloso equipo de sonido pasadas las 12am un día laboral, el olor a cigarrillo en áreas comunes, entre otros que regulan la convivencia.  En otros casos puntuales existen sanciones de orden ante su incumplimiento como, por ejemplo, no asistir a una asamblea de copropietarios, también regula lo referente a construir, modificar, arreglar, etc. Todo esta especificado en el reglamento, primero en las normas urbanísticas que no permiten hacer alteraciones a la propiedad sin tener la debida autorización de la Junta Directiva.

El reglamento sobre propiedad horizontal en la República de Panamá, regula a la Propiedad Horizontal como un tipo especial de propiedad, constituida sobre propiedades inmobiliarias, susceptibles de aprovechamiento de manera independiente y con acceso a la vía pública, en la que coexisten, la propiedad de manera singular, sobre los bienes privados, y la copropiedad, sobre los bienes comunes.

La ley 31

De acuerdo a la ley del 18 de junio 2010 lo que respecta a las funciones de la Junta Directiva, en el artículo 62  numeral 11, será responsable de cumplir y hacer cumplir las decisiones de Asamblea de Propietarios en lo referente a la administración y conservación de los bienes comunes, tendrá la facultad hasta que la Asamblea de Propietarios no decida lo contrario, reglamentar el uso de los bienes comunes mediante la aprobación del Reglamento de uso, la cual será de obligatorio cumplimiento para los Propietarios.

Adicionalmente, la Junta Directiva podrá establecer, mediante resoluciones. prohibiciones adicionales que surtirán efecto hasta su aprobación o rechazo en la siguiente Asamblea de Propietarios. En caso de no ser presentadas tales disposiciones, estás quedarán sin efecto.

Basados en el Decreto 151 del 16 de junio del 2020, por el cual se reglamenta la Ley 31, el artículo 57 menciona que el Reglamento de Copropiedad o de Uso deberá establecer el procedimiento al que deberá ajustarse la Junta Directiva para la aplicación de multas, mismo que deberá garantizar el derecho de defensa del Propietario. El monto de la multa se establecerá conforme a la gravedad de la falta, a las afectaciones producidas a los propietarios y a la reincidencia o no.

Mi derecho termina donde empieza el tuyo

Esta es una expresión muy común y es una norma de convivencia esencial. Dentro de la propiedad Horizontal, todos tenemos los mismos derechos y deberes, y ante esto siempre es importante acudir al sentido común y reconocer que, aunque tengo los mismos derechos que mi vecino, esos derechos terminan donde comienzan los derechos de él, pues debo respetarlo para una sana y amable convivencia. Esto quiere decir que eres libre de ejercer tus derechos siempre que esos derechos no afecten los de tu vecino y no le generen incomodidad.

¿Qué opinas sobre este tema? ¿Cómo manejas la convivencia con tus vecinos? ¿respetas sus derechos?

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